El presente libro tiene por objeto el estudio del régimen jurídico del terrorismo, prestando particular atención a las principales resoluciones que han dictado tribunales supremos significativos, en relación con dicho fenómeno, y más concretamente las dictadas tras los atentados de 11 de septiembre de 2001.
En una primera parte se alude a las transformaciones legislativas que ha comportado la lucha contra el terrorismo, que pueden sintetizarse en lo que los constitucionalistas han descrito como una normalización del Derecho excepcional o los penalistas han estudiado dentro de la rúbrica «Derecho penal del enemigo».
En una segunda parte se analizan las principales sentencias recaídas sobre la materia con particular referencia, al menos, a cinco Sentencias del Tribunal Supremo de EE UU (tres de 28 de junio de 2004 -Rasul v. Bush, Hamdi v. Rumsfeld, y Padilla v. Rumsfeld-, otra de 29 de junio de 2006 -Hamdan v. Rumsfeld- y otra de 12 de junio de 2008 -Boumediene vs. Bush-).
La última parte del libro resume las reflexiones que suscita el estudio de este acervo legislativo y jurisprudencial. Son, entre otras, las siguientes:
1. Ninguno de los tres paradigmas clásicos para afrontar la violencia ilegítima, esto es, el Derecho penal, el Derecho de la guerra y el Derecho de excepción, sirven plenamente para hacer frente al terrorismo. Es preciso configurar el llamado estado de tensión.
2. Es conveniente un anclaje constitucional bien del estado de tensión, bien de la legislación especial, anclaje que existe en nuestra Constitución vigente.
3. Punto irrenunciable del nuevo Derecho de emergencia es el principio de universalidad de los derechos humanos.
4. El acervo jurisprudencial del TEDH constituye el punto de partida más adecuado para la construcción del nuevo Derecho de emergencia.
5. La Sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Buomediene y el posterior acceso a la Presidencia de Barack Obama pueden marcar un punto a partir del cual el régimen jurídico del terrorismo en Estados Unidos no siga distanciándose del régimen europeo, de modo que se empiece a caminar en ambos lados del Atlántico en direcciones convergentes.